El Decreto 5/2025, de 27 de marzo, regula los aprovechamientos forestales en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Administración de Castilla y León. La normativa establece las condiciones, épocas y trámites necesarios para realizar distintos tipos de aprovechamientos.
Esto significa que los aprovechamientos forestales siguen siendo posibles, pero dependiendo del tipo de actuación, de la cantidad y de las características del aprovechamiento puede ser necesario presentar una declaración responsable o solicitar una autorización administrativa.
¿Qué aprovechamientos están regulados?
Entre los aprovechamientos contemplados por la normativa se encuentran los maderables y leñosos, la resina, el corcho, la piña cerrada y el matorral, entre otros.
Por tanto, actividades como la recogida de leña, determinados trabajos de poda, la recogida de piña o determinados aprovechamientos de madera no están prohibidos de forma general, sino sometidos a las condiciones que establece la normativa.
Aprovechamientos que no requieren estos trámites
El propio Decreto establece una serie de aprovechamientos que no requieren presentar la autorización ni la declaración responsable previstas en esta normativa, sin perjuicio de que puedan existir otras normas que resulten aplicables.
Entre ellos se encuentran:
- La recogida de piña abierta.
- La recogida de piña cerrada hasta 5 kg.
- El aprovechamiento de ramas muertas o caídas.
- Determinados aprovechamientos de ramas mediante poda cuando se cumplen las condiciones establecidas.
- El aprovechamiento de matorral de determinadas características.
- La recogida de determinados frutos, brotes y otros productos silvestres con finalidad alimentaria.
- El pastoreo.
La Junta de Castilla y León mantiene una relación detallada de estos supuestos y de sus condiciones específicas.
¿Y la leña?
La recogida y aprovechamiento de leña no está prohibida, pero los requisitos dependen del tipo y la cantidad del aprovechamiento.
En determinados casos puede ser suficiente una declaración responsable, mientras que otros aprovechamientos pueden requerir una autorización administrativa. También existen supuestos concretos, como la recogida de ramas muertas o caídas, que están expresamente excluidos de estos trámites.
Por eso, antes de realizar una actuación que implique cortar, podar o extraer madera o leña, es importante comprobar qué régimen corresponde en función de las características concretas del aprovechamiento.
¿Qué ocurre con los aprovechamientos de madera?
Los aprovechamientos maderables y leñosos están sujetos, con carácter general, a alguno de los procedimientos establecidos por la normativa: declaración responsable o autorización administrativa, salvo los supuestos expresamente excluidos.
En los casos sujetos a declaración responsable, esta debe presentarse cumpliendo los requisitos y periodos establecidos para ese tipo de aprovechamiento. En los casos sujetos a autorización, es necesario contar con la autorización correspondiente antes de realizarlo.
Además, la normativa contempla documentación específica para determinados aprovechamientos, como la identificación de las parcelas y, cuando corresponda, la determinación de los pies que serán objeto del aprovechamiento.
¿Y los pinos quemados por el incendio?
Los pinos quemados afectados por el incendio en parcelas particulares tienen un tratamiento específico dentro de las actuaciones que se están llevando a cabo actualmente.
En este caso, los propietarios particulares no necesitan presentar una declaración responsable ni realizar los trámites previstos para los aprovechamientos forestales ordinarios para la corta de estos pinos quemados.
Para quienes quieran que la corta y retirada sea realizada por SOMACYL, existe un procedimiento específico que se está gestionando a través del Ayuntamiento de Casavieja.
En cuanto a los pinos secos que no estén afectados por el incendio, todavía no está definido cómo se regulará su aprovechamiento durante este año. Se informará cuando exista información concreta al respecto.
Una normativa para compatibilizar el aprovechamiento y la conservación
El objetivo de la regulación es establecer un marco que permita realizar los aprovechamientos forestales de forma ordenada y compatible con la conservación de los montes.
La normativa también establece épocas y condiciones de ejecución, así como mecanismos de control e inspección por parte de la Administración.
Por tanto, ante cualquier duda sobre una actuación concreta —como cortar árboles, recoger leña, podar, recoger piñas o realizar trabajos de limpieza— lo recomendable es consultar previamente qué trámite corresponde, ya que los requisitos pueden variar según el tipo de aprovechamiento, la cantidad y las características del terreno.
Información y trámites
La Junta de Castilla y León dispone de información detallada sobre los aprovechamientos forestales regulados por el Decreto 5/2025, así como los modelos para presentar declaraciones responsables y solicitudes de autorización.
En la web del Ayuntamiento de Casavieja también puede consultarse esta información y la documentación relacionada con las actuaciones sobre los pinos afectados por el incendio.
Consultar la información y los trámites de la Junta de Castilla y León
Decreto 5/2025, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el régimen jurídico de los aprovechamientos forestales en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

